ADUANAS
INFORMACION UTIL
MEXICO
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Al preparar las maletas que lo acompañarán en su travesía a México, tenga en cuenta los requerimientos aduaneros del país, para saber qué objetos están libres del pago de impuestos. Así evitará contratiempos y gozará al máximo de su estadía en tierras aztecas.
En términos generales, los objetos considerados equipaje personal (ver lista anexa) están libres de pagos aduaneros.
Adicionalmente, existe la llamada franquicia, una figura legal que permite el ingreso de mercancía libre de impuestos, siempre y cuando estas no excedan los montos estipulados por las autoridades competentes (ver ítem franquicias).
En México se considera equipaje personal a los siguientes objetos:
- Ropa, calzado y demás prendas de vestir, nuevas o usadas. Productos de aseo y limpieza personal, en cantidades acordes con los días de permanencia en el país.
- Las petacas, maletas o baúles que contienen el equipaje del viajero, también están exonerados del pago de impuesto.
- Cámara de vídeo o de cine (no profesionales), una cámara fotográfica (con 12 rollos o carretes de película como máximo), prismáticos, un televisor portátil, un radiocasete portátil para grabar o reproducir, cinco discos láser, cinco DVD, 20 discos compactos (CD) o audio casetes, un reproductor de vídeo, una computadora portátil (laptop, notebook, omnibook o similares, nuevas o usadas), un radio localizador, una máquina de escribir.
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- Tienda de campaña (solo una) y todo el equipo necesario para acampar. También cuatro cañas de pescar con sus respectivos accesorios y dos equipos deportivos por viajero (usados y que puedan ser transportados por una sola persona).
- Libros y revistas en cantidades razonables. Un instrumento musical y hasta cinco juguetes, siempre y cuando puedan ser transportados por una sola persona.
- Los medicamentos de uso personal ingresan libremente, pero en el caso de las sustancias psicotrópicas se deberá presentar la prescripción médica. También están exonerados de impuestos, las sillas de ruedas, muletas y otros implementos indispensables para los viajeros discapacitados.
- Se permite el ingreso libre de hasta 20 cajetillas de cigarrillos, 25 puros y 200 gramos de tabaco. Además de tres litros de vino, cerveza o cualquier licor, siempre y cuando el viajero tenga más de 18 años.
Exoneraciones por franquicia
- Por vía aérea o marítima se puede ingresar libremente con objetos cuyo valor (o valores) no sobrepase los 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera. La cantidad disminuye a 50 cuando se accede por tierra. En todos los casos, el pasajero deberá presentar facturas y comprobantes que acrediten dicho monto.
- La franquicia no admite el ingreso libre de bebidas alcohólicas, cigarrillos, tabaco y productos similares. Cuando el ingreso es por tierra, la exoneración no se aplica a los combustibles, excepto el que contiene el tanque del vehículo al pasar por la aduana.
Otras recomendaciones
- Bajo ningún motivo intente ingresar o salir del país con estupefacientes o sustancias ilegales. En México, las penas en estos casos son muy severas y unos cuantos gramos de sustancias ilícitas en su equipaje pueden acarrearle varios años de prisión.
- En los aeropuertos mexicanos, especialmente en el de la Ciudad de México, suelen realizarse intervenciones antidrogas. No se asuste ni atemorice si algún funcionario autorizado le solicita revisar su maleta. La calma será su mejor aliada en estos casos.
- Tenga en cuenta, también, que está prohibido exportar antigüedades y objetos prehispánicos.
- No lleve artículos sin declarar. Si las autoridades migratorias se percatan del hecho, lo sancionarán con una fuerte multa, mayor al valor del objeto.
- No se permite el ingreso de plantas, frutas, vegetales o cualquier otra sustancia orgánica. Solo se admiten alimentos enlatados, excepto los que contienen carne de cerdo en todas sus formas.
- Está totalmente prohibido el ingreso de armas de fuego y municiones que carezcan de un permiso de importación.
- Si quiere llevar a su mascota o algún animal doméstico, deberá presentar un documento de buena salud firmado por un veterinario, además de un certificado de vacunación contra la rabia, que no exceda los seis meses.
*Si desea mayor información, solicítela en la embajada o en los consulados de México.
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